La Junta Central Electoral informa a través de su cuenta en Twitter que cualquier persona interesada en cambiar, suprimir o añadir nombres debe dirigirse al Tribunal Superior Electoral.
Esto se realizará mediante una instancia motivada donde se expondrán las razones y se enviarán los documentos justificativos correspondientes.
Seguir los procedimientos establecidos en el Artículo 134 de la Ley 4-23 es fundamental para garantizar un proceso justo y eficiente.
¡Importante!
Procedimiento actual para el proceso de 𝙘𝙖𝙢𝙗𝙞𝙤 𝙙𝙚 𝙣𝙤𝙢𝙗𝙧𝙚 en virtud de la Ley 4-23 Orgánica de los Actos del Estado Civil. pic.twitter.com/KNkKym7xYT
— JCE (@juntacentral) February 3, 2023